29/09/2026

La Corte Suprema dejó firme la prohibición de fumigar a menos de 1.000 metros de las viviendas en un pueblo santafesino

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Palacio de Justicia de la Nación, sede de la Corte Suprema, en Buenos Aires. Foto: Wikimedia Commons.

Palacio de Justicia de la Nación, sede de la Corte Suprema, en Buenos Aires. Foto: Wikimedia Commons.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso presentado por el municipio de Sastre, en el centro-norte de Santa Fe, y dejó firme una sentencia que restringe la aplicación de agroquímicos cerca de la zona urbana de la localidad. El máximo tribunal consideró que la presentación municipal no cumplía con los requisitos de fundamentación necesarios para habilitar una nueva revisión del caso.

El fallo confirmado establece una distancia mínima de 1.000 metros desde el borde del área urbana para las aplicaciones terrestres de agroquímicos y de 3.000 metros para las pulverizaciones aéreas, un límite mucho más estricto que el que regía anteriormente en la zona, cuando se permitían fumigaciones a apenas 100 metros de las viviendas.

El expediente se había iniciado en 2018 como un amparo colectivo impulsado por la Defensoría del Pueblo santafesina, después de conocerse el caso de una niña de la localidad que atravesaba un tratamiento oncológico. La Justicia aplicó en su momento el principio precautorio, que habilita a ordenar medidas de protección ambiental aun sin una certeza científica absoluta sobre el daño.

La decisión de la Corte Suprema sienta un antecedente que podría ser invocado en reclamos similares de otras localidades agrícolas de la provincia y del país, en un debate que enfrenta desde hace años a productores rurales con vecinos y organizaciones ambientales por la distancia segura entre los cultivos fumigados y las zonas pobladas.

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