24/09/2026

La Corte Suprema falló contra un «escrache virtual» y ordenó identificar a los autores de cuentas anónimas

0
Palacio de Justicia de la Nación, sede de la Corte Suprema, en Buenos Aires. Foto: Wikimedia Commons.

Palacio de Justicia de la Nación, sede de la Corte Suprema, en Buenos Aires. Foto: Wikimedia Commons.

La Corte Suprema de Justicia hizo lugar a un recurso de hábeas data presentado por un estudiante de la Universidad Nacional de La Plata, que había sido señalado como presunto abusador en publicaciones anónimas difundidas en Facebook e Instagram por cuentas que se presentaban vinculadas a una supuesta comisión de género de esa casa de estudios.

Las publicaciones identificaban a la víctima con nombre y fotografía, lo calificaban de «abusador» y detallaban presuntas conductas ocurridas en el marco de una relación de pareja, sin que existiera forma de que el aludido conociera la identidad de sus acusadores para poder responder o iniciar acciones legales en su defensa.

El máximo tribunal ordenó dar de baja esas publicaciones en ambas plataformas y dispuso que Facebook Argentina entregue los datos de los responsables de las cuentas —correo electrónico, direcciones IP, fecha, hora y tipo de dispositivo utilizado— para permitir su identificación.

En los fundamentos del fallo, los jueces remarcaron que la violencia de género es un tema de interés público pero que esa condición no habilita cualquier forma de difusión ni anula las protecciones sobre el honor, la intimidad y el derecho de defensa en juicio; calificaron lo ocurrido como una modalidad de «escrache público virtual» y destacaron que la universidad confirmó que las cuentas no eran institucionales, pese a contar con un protocolo propio contra la violencia de género vigente desde 2015.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *