Existe una novedosa pero aparentemente recurrente forma de hacer (IN) JUSTICIA mediante un estrategia de difusión de pretensión extorsiva a través de la comunicación maliciosa de falsas informaciones respecto de cuestiones entre privados. Las mismas pueden alcanzar los límites de denunciar a los miembros del Superior Tribunal de Justicia penal y políticamente creando elucubraciones imaginarias con el solo fin de ejercer presión.
Lo que si no es novedad, es la negligencia en el ejercicio de la actividad de defensa, el tráfico de influencia, el ejercicio de actividades vedadas e incompatibles con el rol de funcionario público, las vinculaciones que se exponen cuando existen fallos contrapuestos a intereses particulares.
Las leyes contienen preceptos y normas obligatorias que se dictan para regular la conducta humana y la convivencia social. La ley que gobierna la actuación del Fiscal General, quien ejerce sus funciones
por medio de sus órganos propios, ajustado a los principios de legalidad, imparcialidad, unidad de actuación, dependencia jerárquica con arreglo a las leyes, advierte que el mismo ejerce sus funciones con arreglo a los siguientes principios entre otros: “Legalidad y respeto por los derechos humanos, Objetividad, Unidad de actuación, Dependencia jerárquica, Publicidad y derecho a la información de sus actos, en tanto parten de uno de los principios de un gobierno republicano. Transparencia, Rendición de cuentas, Orientación a las víctimas.”
“Ejercer el control del Ministerio Público Fiscal, Vigilar la recta y pronta administración de justicia, Interesarse en cualquier proceso judicial al solo efecto de observar la normal, Prestación del servicio, denunciando las irregularidades que constatare, Conformar y regular el funcionamiento de unidades fiscales, Intervenir en los asuntos relativos a la Superintendencia del Tribunal Superior de Justicia, Dictaminar en todas las causas de jurisdicción originaria del Tribunal Superior de Justicia, etc.’ – la Ley Provincial 7826.
A la luz de estos principios, es que advierto la necesidad dar luz sobre el mal desempeño en sus funciones, indignidad, posible comisión de delitos, actuaciones incompatibles con la función pública y violencia institucional que embisten la conducta del Fiscal General Juan Manuel Delgado.

Sobre los caratulados “ GONZALEZ LUIS TOMAS C/ TVF S.A. Y OTROS los Dres. Juan Manuel Delgado, Juan Antonio González Leaghy, Fernando Ferrer representaron al actor Sr. Luis Tomás González, quien perdió el juicio principal a raíz de la perención de instancia declarada por el S.T.J. de la Pcia. a raíz de la inactividad procesal de otros letrados representantes del Sr Luis Tomas González, Dres. Carlos Horacio Trebucq y Esteban Albarenque, por un término superior a un año, lo que se entiende es un caso de mala praxis profesional respecto de estos dos últimos.
Desde dicho momento a la fecha se ha accionado para perjudicar la contraparte representada por Facundo J. Garade Panetta, con una serie de actos direccionados a coaccionar o presionar con el fin malicioso de instalar en la opinión pública falsas e irregularidades en el dictado de las resoluciones judiciales del Superior Tribunal de Justicia omitiendo deliberadamente que las mismas han sido ratificadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante el rechazo al recurso extraordinario presentado por los representantes de Gonzales y socios del propio Delgado, Trebucq y Albarenque.
Decidida pretensión, de dañar y mansillar el buen nombre y el honor de la familia Garade Panetta, a través del cumulo de actos reseñados solo puede ser llevado a delante a través de la asociación del Sr Luis Tomas Gonzalez y sus letrados conjuntamente con la participación decisiva del Fiscal General Juan Manuel Delgado, legisladores amigos y abogados claramente dispuestos a cometer delitos para evitar asumir la responsabilidad civil moral y económica que le compete a los letrados y evitar sus consecuencias de distinto orden, como es la responsabilidad por costas y honorarios generados en el proceso, restitución de fondos y gastos incurridos por Gonzalez.
Este largo raid mediático con acciones desesperadas de difamación y actos agraviantes para manifestar la disconformidad respecto de la resolución del Superior Tribunal de Justicia no tienen precedentes en nuestra provincia. Imprimir y distribuir de panfletos en la sede de Tribunales I. Distribuir en el ámbito de los Tribunales y de la Legislatura de la Revista Sur, con una nota del Sr. Vaca Narvaja donde pretende aludir corrupción en el dictado del fallo por parte de los miembros del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Córdoba. Publicar en el diario Comercio y Justicia de una nota realizada por el Dr Carlos Horacio Trebucq en la que se crea sospecha en cuanto al dictado de la resolución por parte del S.T.J., invocando un falso y arbitrario cambio de jurisprudencia.
Denunciar penalmente a los miembros de la sala civil del Superior Tribunal de Justicia acusando a los mismos del delito de prevaricato en el dictado de la resolución judicial relacionado al proceso referido, ante el Fuero Anticorrupción de la Ciudad de Córdoba. Publicar en el diario La Voz del Interior de nota del periodista Juan Manuel Gonzalez en las que son entrevistados el Sr Luis Tomas Gonzalez y sus letrados, en la cual se vuelve a intentar generar la sospecha de corrupción por parte de los miembros del S.T.J. de la Pcia. Publicar en la Revista Sur en nota del periodista Vaca Narvaja en la que son entrevistados el Sr Luis Tomas Gonzalez y sus representantes letrados respecto de la denuncia penal formulada. Pedir de Juicio Político a los miembros de la sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia a saber Dres. Domingo Sesín, Luis Angulo y María Marta Cáceres de Bolatti realizado por el legislador Rodrigo Agrelo, amigo declarado del Fiscal Delgado con la consecuente difusión mediática de tal circunstancia en los principales medios periodísticos, a saber La Voz del Interior, Canal 12, Canal Telefé, Canal C.
Dado estado de vulnerabilidad e indefensión, advirtiendo el despliegue de todo un andamiaje mediático que evidencia el poderío de vínculos que sostienen intereses particulares y por los cargos que algunos de ellos detentan como así también el riesgo de que se ponga en juego la imparcialidad y el correcto funcionamiento del sistema de justicia es que la sociedad cordobesa exige al cuerpo legislativo arbitre los medios a su alcance para hacer cesar la zozobra y desprestigio publico ya generado a personas inocentes que son sometidas al abuso de autoridad, como así también las presiones sobre el servicio de justicia y seguridad jurídica.






